• La disposición permitirá un mejor flujo vehicular en las carreteras federales

KARLA GARCÍA/BITÁCORA SUR

Tuxtla Gutiérrez. – La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), estableció horarios de circulación para vehículos pesados durante el próximo periodo vacacional de Semana Santa.

La dependencia lo informó en un comunicado publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en cual detalló los horarios en los que los vehículos sobredimensionados podrán circular por los puentes y caminos federales durante la Semana Santa la cual comprenderá de las 00:00 horas del 26 de marzo hasta las 23:59 horas del 11 de abril.

De acuerdo al comunicado, esta restricción de horarios de circulación permitirá un mejor flujo vehicular para los usuarios de las carreteras federales, el cual durante esas fechas está compuesto principalmente de familias que viajan por la celebración de semana santa y por vacacionistas que buscan pasar los días de asueto en lugares turísticos.

Foto: Cortesía

Los horarios en los que dichas unidades podrán circular por los caminos de tipo ET4, A4 y B4 son de las 00:00 horas a las 23:59 horas, los días 29 al 31 de marzo, así como del 5 al 8 de abril, esto de conformidad con lo que señala la Norma Oficial Mexicana -040-SCT-2-2012.

Y cuando circulen por caminos tipo ET2, A2, B2, C o D, el horario diurno será de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de las 00:00 a 6:00 horas, la publicación del DOF precisó que de las 18:30 a 23:59 horas podrán circular siempre y cuando sean acompañados con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera de los vehículos sobredimensionados.

Los días viernes 9 y sábado 10 de abril de 2021 el horario para cualquier tipo de camino será de las 6:00 a las 14:00 horas, esto de conformidad a lo que señala la Norma Oficial Mexicana antes mencionada.

Foto: Cortesía

La SCT destacó que los vehículos pesados deberán suspender totalmente su tránsito los días 26 al 28 de marzo, así como los días del 1 al 4 de abril y el 11 de abril de 2021 por seguridad de la población que circulará en las carreteras en esos días.

Cabe señalar que estas restricciones están dirigidas a todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada, de gran peso o volumen y a las grúas industriales que transitan por caminos y puentes federales.

Deja un comentario