-El IEPC señaló que la Ley de Desarrollo Constitucional prohíbe que parientes hasta en un cuarto grado de funcionarios puedan llegar a ser candidatos, sin embargo, la constitución resguarda los derechos políticos de todas las personas
Alfredo Pacheco / Bitácora Sur
Tuxtla Gutiérrez.- Algunos actores políticos se han aprovechado de vacíos legales para perpetuarse en los cargos públicos, pues han impugnado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para poder “heredarle” el cargo a sus familiares inmediatos.
María Magdalena Vila Domínguez, Consejera Presidenta Provisional del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas comentó que la Ley de Desarrollo Constitucional prohíbe tanto a cónyuges como a parientes hasta en un cuarto grado de funcionarios que puedan llegar a hacer candidatos.
Sin embargo, en nuestra entidad, familiares de algunos alcaldes se han postulado para ocupar el cargo que dejará su esposo, esposa, padre, madre o hermano y al ser señalados de presunto nepotismo, han impugnado ante la SCJN con el argumento que se violentan sus derechos político electorales.
“La corte la echó abajo, porque es inconstitucional que tú le prohibas a un hermano, un esposo, a un hijo que pueda competir porque tiene su propio derecho político salvaguardado en la propia constitución para que pueda competir” sostuvo Vila Domínguez.
En ese sentido, cabe precisar que la Constitución Política de nuestro país protege los derechos de todas las personas, por lo que la SCJN le ha ordenado al IEPC permitirles el registro como candidatos.
Para finalizar la Consejera pidió a los medios de comunicación el evitar caer en descalificativos en las notas de denuncia de probable nepotismo para evitar caer conductas que fomenten la Violencia Política en Razón de Género al señalar a mujeres que tengan una aspiración electoral por su relación familiar o de pareja.